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Solicitud de enmiendas de Aprobaciones Específicas y/o COA

Brindar a los operadores aéreos información y orientación requisitos, procedimiento y criterios necesarios para la obtención de una aprobación específica, conforme a lo establecido en la RAC OPS 1 de El Salvador, con el fin de garantizar operaciones seguras, eficientes y en cumplimiento con las normas internacionales. Este documento menciona los pasos a seguir por los Operadores para enmendar sus especificaciones relativas de las operaciones según la solicitud de la aprobación especifica las cuales son:

1. Operaciones todo tiempo (All Weather Operations – AWO)
Permiten operar en condiciones de baja visibilidad o situaciones meteorológicas adversas, incluyendo:

  • CAT II / CAT III: Aproximaciones de precisión con mínimos de visibilidad y altura de decisión reducidos.
  • LVTO (Low Visibility Takeoff): Despegues con visibilidad extremadamente reducida, siguiendo procedimientos estrictos y equipos certificados.

Para conducir un proceso de aprobación y mayor información referirse a la RAC OPS – 1 sección 2.

2. Operaciones con Tiempo Extendido de Diversión (Extended Diversion Time Operations – EDTO)

Autoriza a aeronaves bimotor o cuatrimotor a volar rutas donde el aeródromo de alternativa más cercano excede un tiempo determinado (ej., más de 60-180 minutos, según regulaciones).

Para conducir un proceso de aprobación y mayor información referirse RAC-OPS 1.245, CA OPS 1.245 a) y CA OPS 1.245 a) 2).

3. Reducción del Mínimo de Separación Vertica (Reduced Vertical Separation Minimum – RVSM).

Reduce la separación vertical entre aeronaves de 2,000 pies a 1,000 pies en altitudes entre FL290 y FL410, optimizando el uso del espacio aéreo.

Para conducir un proceso de aprobación y mayor informacion referirse al RAC 02 en los puntos RAC 02.231 b) 4) y la CA 02.231 b) 4) “Aprobación operacional RVSM y procedimientos de operación en espacio aéreo RVSM”.

4. Navegación Basada en Performance (Performance-Based Navigation – PBN).

Sustituye los métodos de navegación tradicionales (como VOR o NDB) por sistemas de RNAV (Area Navigation) y RNP (Required Navigation Performance), que dependen de la precisión de los sistemas de a bordo (GPS, FMS).

Para conducir un proceso de aprobación y mayor información referirse a la RAC OPS – 1

5. Libro de vuelo Electrónico (Electronic Flight Bag – EFB)

Reemplaza documentos en papel (manuales, cartas, checklists, etc) con dispositivos electrónicos certificados, integrados con sistemas de la aeronave.

Para conducir un proceso de aprobación y mayor información referirse a la RAC OPS – 1.844 y la sección 2.

Los operadores que ya cuenten con un Certificado de Operador Aéreo (COA) emitido por la AAC y deseen incorporar operaciones sujetas a una Aprobación Específica, deberán someterse a un proceso de certificación enfocado exclusivamente en los nuevos tipos de operaciones solicitadas. Este proceso permitirá su inclusión en las Especificaciones Relativas a las Operaciones correspondientes a través de una solicitud formal.

Estas aprobaciones también pueden ser otorgadas durante el proceso de certificación inicial de un Certificado de Operador Aéreo (COA). En este caso, el solicitante deberá seguir los pasos establecidos en el proceso de certificación para operadores aéreos, los cuales se detallan en el panfleto correspondiente «Panfleto del proceso de Certificación para operadores Aéreos«.

Renovación o Enmiendas al Certificado de Operador Aéreo (COA):

De conformidad con lo establecido en el Reglamento Técnico de la Ley Orgánica de Aviación Civil de El Salvador, la renovación o modificación del Certificado de Operador Aéreo podrá ser solicitada por el operador cuando existan cambios que afecten las condiciones originalmente aprobadas. Estos cambios pueden incluir, entre otros:

  • Cambios en la estructura organizacional o en el manual de operaciones
  • Actualización de instalaciones u otros recursos críticos para la operación segura

El operador deberá presentar a la Autoridad de Aviación Civil (AAC) la solicitud formal correspondiente, acompañada de la documentación justificativa y cumplir con el proceso de evaluación técnica y operacional (si aplica) definido por la AAC. La extensión del proceso dependerá del tipo y alcance de las modificaciones propuestas.