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EN ES

Homologación de Licencias SV-HN

PROCEDIMIENTO PARA LA ACEPTACIÓN CONVALIDACIÓN, RECONOCIMIENTO Y OTORGAMIENTO DE LICENCIAS Y HABILITACIONES EMITIDAS AL PERSONAL TÉCNICO AERONÁUTICO ENTRE LA REPÚBLICA DE HONDURAS Y LA REPÚBLICA DE El SALVADOR

Fundamentados en el convenio sobre Aviación Civil Internacional, documento 7300, articulo 33 de la OACI, el Estado de Honduras y el Estado de El Salvador como firmantes de dicho convenio aceptaran, convalidaran, reconocerán y otorgaran licencias al personal técnico aeronáutico de ambos países, siempre que las normas establecidas sean iguales o superiores entre ambos Estados; todo aquel personal técnico aeronáutico, que solicite una licencia y/o habilitación, que no cumplan con los requisitos establecidos en la normativa de cada Estado no se les establecerá este procedimiento.

¿Qué debo saber del proceso de Homologación de licencias SV-HN?

1) El solicitante a una licencia y/o habilitación extranjera con base en el presente procedimiento, no queda exento de cumplimiento de leyes y reglamentos en materia migratoria y laboral del Estado en donde se solicite; en los casos que aplique.

2) No se aceptarán, reconocerán y otorgarán licencias y/o habilitaciones que no existan en los Reglamentos y Regulaciones de Licencias al personal de vuelo de El Salvador y Honduras.

3) Los responsables del área de Licencias de El Salvador y Honduras aceptarán la instrucción teórica y práctica previa verificación de los datos con el Estado emisor, según sea el caso, la instrucción recibida por el solicitante deberá ser impartida por un Centro de Instrucción reconocido o aprobado por alguno de los dos Estados. Sin perjuicio de que para una mejor resolución del asunto alguna de las partes requiera realizar visitas al otro Estado para constatar situaciones técnicas.

4) La renovación para la aceptación y reconocimiento de licencias y/o habilitaciones al personal de vuelo será de acuerdo a los procedimientos respectivos de cada Estado.

5) La validez de las licencias, certificados médicos y competencia lingüística otorgada al personal de vuelo de El Salvador y Honduras será de acuerdo al período de validez establecido en la normativa de cada Estado.

6) El solicitante de una licencia y/o habilitación extranjera no queda exento de las tarifas establecidas, ni las futuras modificaciones de las mismas, prescritas en las normativas de la AAC de El Salvador y la AHAC de Honduras.

¿Cuáles son los pasos de la Homologación de Licencias SV-HN?

«Descargar el procedimiento de Homologación de licencias SLV-HN»

Consulta:

Para mayor detalle del proceso de homologación de licencia SV-HN, revisar el procedimiento que se encuentra en el siguiente enlace: “ Homologación de Licencias SV-HN” o consultar al Departamento de Licencias llamando al 2565-4482 de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. sin cerrar al mediodía o enviando un correo licencias@aac.gob.sv.