En la Regulación de Procedimientos de Aceptación de Certificados de Productos Aeronáuticos (RAC 21), la Autoridad de Aviación Civil ha establecido los requisitos para la aceptación u otorgamiento de los siguientes productos aeronáutico además de los especificados anteriormente:
A) Certificado de aeronavegabilidad
B) certificados tipo,
C) certificado tipo suplementario
D) permiso de vuelo
E) permiso de vuelo especial,
F) así como exportación de productos y partes.
La Autoridad de Aviación Civil ha establecido los requisitos procedimentales para el otorgamiento de certificados de aeronavegabilidad, que pueden ser:
1) Certificado de aeronavegabilidad estándar
2) Certificado de aeronavegabilidad especial
Los requisitos para la emisión de los certificados de aeronavegabilidad estándar son:
1) Documentación para la solicitud de un certificado de Aeronavegabilidad Estándar:
i) Copia de las Hojas de Datos del Certificado Tipo que amparen el número de serie y/o modelo que se pretende registrar
ii) La lista y documentación de respaldo de las modificaciones o cambios mayores, Certificados Tipo Suplementario, que le han sido incorporadas.
iii) La lista o medio de control sobre el cumplimento de Directivas de Aeronavegabilidad y Boletines de Servicio y la documentación de respaldo.
iv) Último reporte de peso y balance en vacío, el cual no deberá de exceder de más de un periodo de 5 años.
v) Historial de mantenimiento y control de componentes de la aeronave, motores, hélices y componentes con sus debidos respaldos.
vi) Una declaración de conformidad con el certificado tipo y certificado(s) tipo suplementario(s), en caso de que la aeronave posea estos últimos.
2) Documentos vigentes con su respectiva hoja de control de revisiones según aplique:
i) Manual de Vuelo (Documento que formará parte del archivo de la AAC);
ii) Manual de mantenimiento y Manual de Reparaciones Estructurales (Documento que formará
iii) parte del archivo de la AAC);
iv) Manual de partes;
v) Manual de Diagramas Eléctricos;
vi) Manual de Peso y Balance;
vii) Programa de Mantenimiento Básico del fabricante (Documento que formará parte del archivo de la AAC.).
3) Las leyendas, placas o rótulos de seguridad en cabina de pasajeros y exteriores para el servicio de la aeronave deben de indicarse en idioma español e inglés.
4) Documento de Aprobación de Aeronavegabilidad para la Exportación o documento equivalente emitido por el Estado de Registro anterior.
5) Además de requisitos establecidos en la RAC 21 » Regulación de Procedimientos de aceptación de Certificados de Productos Aeronáuticos» y CA 21-175-04 » Certificados de Aeronavegabilidad, permisos de vuelos y permisos especiales«.
Los requisitos para la emisión de los certificados de aeronavegabilidad especial son:
1) Documentación para la solicitud de un certificado de Aeronavegabilidad Especial.
i) Copia de las Hojas de Datos del Certificado Tipo que amparen el número de serie y/o modelo que se pretende registrar.
ii) La lista y documentación de respaldo de las modificaciones o cambios mayores, Certificados Tipo Suplementario, que le han sido incorporadas.
iii) La lista o medio de control sobre el cumplimento de Directivas de Aeronavegabilidad y Boletines de Servicio y la documentación de respaldo.
iv) Último reporte de peso y balance en vacío, el cual no deberá de exceder de más de un periodo de 5 años.
v) Historial de mantenimiento y control de componentes de la aeronave, motores, hélices y componentes con sus debidos respaldos.
vi) Una declaración de conformidad con el certificado tipo y certificado(s) tipo suplementario(s), en caso de que la aeronave posea estos últimos.
2) Documentos vigentes con su respectiva hoja de control de revisiones según aplique:
i) Manual de Vuelo (Documento que formará parte del archivo de la AAC)
ii) Manual de mantenimiento y Manual de Reparaciones Estructurales (Documento que formará parte del archivo de la AAC)
iii) Manual de partes.
iv) Manual de Diagramas Eléctricos.
v) Manual de Peso y Balance.
vi) Programa de Mantenimiento Básico del fabricante (Documento que formará parte del archivo de la AAC.)
3) Las leyendas, placas o rótulos de seguridad en cabina de pasajeros y exteriores para el servicio de la aeronave deben de indicarse en idioma español e inglés.
4) Documento de Aprobación de Aeronavegabilidad para la Exportación o documento equivalente emitido por el Estado de Registro anterior.
5) Además de requisitos establecidos en la RAC 21 » Regulación de Procedimientos de aceptación de Certificados de Productos Aeronáuticos» y CA 21-175-04 » Certificados de Aeronavegabilidad, permisos de vuelos y permisos especiales«.
Para obtener más información sobre el proceso de emisión de un certificado de Aeronavegabilidad: Llamar al 2565-4553 de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. hasta 12:30 m. y de 1:15 p.m. hasta las 4:00 p.m. ó al correo rrodriguez@aac.gob.sv.