El Registro de Aviación Civil Salvadoreño que puede denominarse RAS, de acuerdo con el artículo 30 de la Ley Orgánica de Aviación Civil, es una dependencia de la AAC creada por dicha Ley y por su Reglamento Técnico, cuya finalidad principal es la inscripción de documentos relacionados con los siguientes operadores:
1)Propietarios y operadores de aeronaves de matrícula salvadoreña (YS)
2) Operadores aéreos nacionales e internacionales (aerolíneas)
3) Operadores de aeropuertos, aeródromos y helipuertos
4) Operadores de organizaciones de instrucción aeronáutica y de mantenimiento
5) Operadores de organizaciones de mantenimiento aeronáutico, nacionales y extranjeros
6) Operadores de trabajos aéreos, entre otros operadores
7) Personal técnico aeronáutico de vuelo y tierra (licencias)
Actualmente y para llevar a cabo la inscripción de los documentos presentados por los propietarios, operadores o cualquier persona interesada en registrar un documento, se tiene una clasificación de once libros, hasta el año dos mil dieciséis el inventario de libros activos e históricos sumó un total de doscientos setenta y ocho (278) libros de inscripción.
El RAS está destinado a garantizar la propiedad de las aeronaves con matrícula salvadoreña (YS); además tiene por finalidad cumplir con el principio de publicidad registral en virtud del cual el Registro puede ser consultado por cualquier persona, teniendo en cuenta que la información registrada podrá hacerse del conocimiento de los interesados. Entre otras labores que actualmente tiene bajo su cargo el RAS, se encuentra la emisión de los Certificados de Matrícula para las aeronaves matriculadas en El Salvador.
La marca de nacionalidad para las aeronaves civiles salvadoreñas serán las siglas “YS” y la Bandera Salvadoreña. La marca de matrícula consistirá en una serie de números y una o dos letras agregadas al final de la matrícula salvadoreña asignada por la AAC, para mayor detalle revisar la RAC 45 “Regulaciones de Marcas y Registros”.
Es el documento otorgado por la Autoridad de Aviación Civil, que identifica y determina la nacionalidad de la aeronave. La inscripción de una aeronave en El Salvador y su matrícula en éste, le confieren la nacionalidad salvadoreña. Ninguna aeronave civil que haya sido matriculada en El Salvador podrá ser matriculada en otro país, mientras no se haya cancelado su matrícula salvadoreña y viceversa.
El otorgamiento de Certificado de matrícula salvadoreña de una aeronave civil, su modificación o cancelación, se hará previo cumplimiento de los requisitos legales establecidos en:
1) La Ley Orgánica de Aviación Civil (LOAC),
2) Reglamento Técnico de la LOAC y
3) RAC 45 “Regulaciones de Marcas y Registros”.
1) Presentar solicitud de otorgamiento de matrícula salvadoreña.
Esta solicitud deberá contener los datos de la aeronave, identificación del fuselaje, motor y hélice; además de los datos del propietario y presentar esta solicitud firmada por el propietario o representante legal (en caso de actuar mediante representante legal deberá anexar el documento de acreditación en original o copia certificada).
2) Cancelación de matrícula anterior (aplica para aeronaves que hayan tenido matrícula anteriormente).
3) Presentar el Certificado de aeronavegabilidad para la exportación, con los datos de identificación del fuselaje, motor y hélice, principalmente fabricante, modelo y serie.
4) Presentar el original de la póliza de seguro vigente, con cobertura para daños a terceros en bienes y personas (para otras autorizaciones deberá tener las coberturas necesarias en cumplimiento del artículo 162 de la LOAC).
5) Presentar la inscripción original instrumento público de propiedad aeronave/ motor, declaración de Mercancías u otro aplicable, de manera que este trámite se realiza en la Dirección General de Aduanas del Ministerio de Hacienda
Nota:
En el caso de las aeronaves compradas en el extranjero e importadas a El Salvador, se inscribirá como documento de propiedad la Declaración de Mercancías Salvadoreña, en este caso deberá presentar para el expediente de la aeronave el documento de compra
Para las aeronaves ensambladas por piezas, presentar original de instrumento público de propiedad, para mayor información comunicarse a la oficina del Departamento de Registro Aeronáutico.
6) Presentar pago de impuesto especial a la primera matrícula. Este trámite se realiza en la Dirección General de Impuestos Internos del Ministerio de Hacienda
7) Presentar la Credencial vigente e inscrita del representante legal de la Sociedad
8) Presentar formulario de Verificación de Características de Aeronave, emitido por el Departamento de Aviación General y Trabajos Aéreos de la AAC ( ver formato).
9) Realizar los pagos derechos de emisión e inscripción de Certificado de Matrícula según Art. 2 y 20 del “Pliego de Cargos por los Servicios Prestados por la AAC” ( ver tarifas).
1) Para inscripción los documentos emitidos en el extranjero deberán presentarse en original legalizado mediante Apostille o pasos consulares y con diligencias de traducción ante notario salvadoreño (cuando no esté en castellano)
La Apostille deberá cumplir con lo siguiente:
a)Documento original
b)Certificación notarial y apostille original
c)Certificación notarial con auténtica de firma (no certificación de copia)
d)Fecha de certificación notarial y apostille posterior a la fecha de emisión del documento legalizado
2) Los documentos deberán ser presentados en original, copia certificada (cuando proceda) o copia con su original para confrontar en el RAS.
La documentación que se debe presentar en el AAC para el Otorgamiento, modificación o cancelación de la matrícula salvadoreña para/de aeronave y/o reposición e inscripción de certificado de matrícula en el RAS, se encuentran detallados en la tabla siguiente:
1)Completar y firmar formulario solicitud (propietario o representante legal) (Ver Formulario)
2)Pago derechos de otorgamiento e inscripción ( Ver Tarifas)
3)Cancelación de matrícula anterior (cuando aplique)
4)Certificado de aeronavegabilidad para la exportación
5)Inscripción póliza de seguro vigente
6)Inscripción documento de propiedad/declaración de mercancías
7)Formulario de pago impuestos de importación y primera matrícula
8)Credencial vigente e inscrita del representante legal (cuando aplique)
9)Formulario de verificación de características de aeronave
1)Completar y firmar formulario solicitud (propietario o representante legal) (Ver Formulario)
2)Pago derechos de cancelación (Ver Tarifas)
3)Propiedad registrado en el RAS a favor del solicitante
4)Aeronave libre de gravamen
5)Credencial vigente e inscrita del representante legal o poder (cuando aplique)
6)Certificación del punto de acta del acuerdo de la junta directiva de autorización para la cancelación de la matrícula (cuando aplique)
7)Formulario de verificación de características de aeronave (cuando aplique)
8)Devolución original de certificado de matrícula anterior
1)Completar y firmar formulario solicitud (propietario o representante legal) (Ver Formulario)
2)Pago derechos de cancelación (Ver Tarifas)
3)Propiedad registrado en el RAS a favor del solicitante
4)Aeronave libre de gravamen
5)Credencial vigente e inscrita del representante legal o poder (cuando aplique)
6)Inscripción póliza de seguro vigente
7)Certificación del punto de acta del acuerdo de la junta directiva de autorización para la modificación de la matrícula (cuando aplique)
8)Formulario de verificación de características de aeronave (cuando aplique)
9)Devolución original de certificado de matrícula anterior
1)Completar y firmar formulario solicitud (propietario o representante legal) (Ver Formulario)
2)Pago derechos de registro (Ver Tarifas)
3)Formulario de solicitud de cambio de color de aeronave completado satisfactoriamente por parte del Departamento de Aviación General y Trabajos Aéreos
Para obtener más información sobre los tramites del Registro Aeronáutico: Llamar al 2565-4413 de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. hasta 12:30 m. y de 1:15 p.m. hasta las 4:00 p.m. ó al correo gguardado@aac.gob.sv.