Con base en el Art. 104 de la Ley Orgánica de Aviación Civil que establece que en caso de accidente o incidente aéreo o cuando una aeronave se encuentra en peligro en territorio nacional, la primera autoridad civil o militar que acuda al lugar del accidente tomará bajo su responsabilidad la custodia y auxilio de los pasajeros y tripulantes.
La AAC brindará el apoyo necesario en conjunto con las demás instituciones involucradas en los procesos de búsqueda, rescate y salvamento de aeronaves.